Capítulo II. Usuarios
- Sólo se permitirá el acceso al acervo al Personal Académico del Instituto; cuyo contrato haya pasado por el Consejo Técnico de Humanidades.
- No se permitirá en el acervo:
- Introducir objetos personales
- Fumar
- Introducir alimentos
- Las obras que se tomen del acervo no pueden volver a ser puestas en su lugar por los lectores, sino que deben ser colocadas en los lugares indicados por el personal de la biblioteca