Capítulo II. Usuarios

  1. Sólo se permitirá el acceso al acervo al Personal Académico del Instituto; cuyo contrato haya pasado por el Consejo Técnico de Humanidades.
  2. No se permitirá en el acervo:
    1. Introducir objetos personales
    2. Fumar
    3. Introducir alimentos
  3. Las obras que se tomen del acervo no pueden volver a ser puestas en su lugar por los lectores, sino que deben ser colocadas en los lugares indicados por el personal de la biblioteca